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Número:
14449
Datos principales
Relaciones
Documentación
Expediente:
D 2724 2012-2013
Carátula:
ESTABLECIENDO LEY DE ACCESO JUSTO AL HABITAT CON EL OBJETO EXPLICITO DE PROMOCIONAR EL DERECHO A LA VIVIENDA Y A UN HABITAT DIGNO Y SUSTENTABLE, CONFORME LO ESTABLECE LA CONSTITUCION PROVINCIAL. OBJETIVOS, PRINCIPIOS, DERECHOS Y FUNCION SOCIAL DE LA VIVIENDA.
SUSTITUYE INCISO 31) E INCORPORA INCISO 32) AL ARTICULO 226 DEL
DECRETO-LEY 6769/1958
-ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES-.
SUSTITUYE DEL ARTICULO 84 AL 90 Y 92 DEL
DECRETO LEY 8912/1977 (
T.O. POR DECRETO 3389/1987) -LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USO DEL SUELO-.
CREA EL CONSEJO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y HABITAT INTEGRADO POR REPRESENTANTES DE: LA AUTORIDAD DE APLICACION, ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, COLEGIOS PROFESIONALES, AUTORIDADES MUNICIPALES, UNIVERSIDADES PUBLICAS CON SEDE EN LA PROVINCIA Y PODER LEGISLATIVO. SE INVITA A LOS MUNICIPIOS A ADHERIR A LA EXIMICION DE TRIBUTOS.
Sanción:
Fecha: 29/11/2012
Debates 1
Debates 2
Promulgación:
Fecha: 09/01/2013
Firmado:
Gobernador/a
SCIOLI DANIEL
Publicación:
Fecha: 07/10/2013
Boletín oficial 1
Modificada por
Reglamentada por
Complementada por
Leyes
Carátula
Detalle
Ley 14875
MODIFICANDO EL ARTICULO 70 E INCORPORANDO EL ARTICULO 70 BIS A LA
LEY
14.449
- PROMOCION DEL DERECHO A LA VIVIENDA Y A UN HABITAT DIGNO Y SUSTENTABLE-.
INCORPORANDO EL ARTICULO 678 BIS AL
DECRETO-LEY 7.425/1968
-CODIGO PROCESAL, CIVIL Y COMERCIAL-.
INCORPORANDO EL ARTICULO 231 BIS A LA
LEY 11.922
- CODIGO PROCESAL PENAL-, SOBRE DESALOJO DE PERSONAS O FAMILIAS QUE HABITEN EN VILLAS O ASENTAMIENTOS PRECARIOS.
Detalle de la Ley
Ley 14939
MODIFICANDO EL ARTICULO 70 DE LA LEY
14.449
- LEY DE ACCESO JUSTO AL HABITAT- (EXTENSIÓN DEL PLAZO PARA SUSPENDER LAS MEDIDAS JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS DE DEASALOJO DE HABITANTES DE ASENTAMIENTOS PRECARIOS Y VILLAS, INSCRIPTOS EN EL REGISTRO CREADO POR EL ARTICULO 28 DE LA LEY 14.449).
Detalle de la Ley
Ley 15310
PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.
MODIFICANDO EL ARTICULO 41 DEL
DECRETO-LEY 6769/58
-ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES-.
MODIFICANDO EL ARTICULO 76 Y EL INCISO J) DEL ARTICULO 6 DE LA
LEY 14.656
-REGIMEN MARCO DE EMPLEO MUNICIPAL-.
INCORPORANDO ARTICULO NUEVO A LA
LEY 10.189
-COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO-.
SUSTITUYENDO INCISO S) DEL ARTICULO 24 DEL
DECRETO-LEY 9434/1979
-CARTA ORGANICA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-.
MODIFICANDO EL ARTICULO 2 DE LA
LEY 14.761
-FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO OPERATIVO DE LAS FEDERACIONES Y ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS-.
DEROGANDO LA
LEY 15.037
-
MODIFICANDO LA LEY 11.769 (MARCO REGULATORIO DEL SECTOR ELECTRICO PROVINCIAL)-.
MODIFICANDO LA
LEY 11.769
-MARCO REGULATORIO DEL SISTEMA ELECTRICO PROVINCIAL- SUSTITUYENDO EL ARTICULO 75.
SUSTITUYENDO ARTICULO 57 DE LA
LEY 13.404
-IMPOSITIVA PARA EL EJERCICIO 2016-.
MODIFICANDO EL ARTICULO 4 DE LA
LEY 8.474
-FONDO ESPECIAL PARA OBRAS DE GAS-.
MODIFICANDO EL ARTICULO 40 DE LA
LEY
14.449
-ACCESO JUSTO AL HABITAT-.
SUSTITUYENDO EL ARTICULO 88 DE LA
LEY
13.767
-ADMINISTRACION FINANCIERA Y SISTEMA DE CONTROL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO PROVINCIAL-.
INCORPORANDO ARTICULO 3 BIS A LA
LEY
14.806
-EMERGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DE POLITICA Y SALUD PENITENCIARIA-.
MODIFICANDO LOS ARTICULOS 78, 79, 80 Y 81 DE LA
LEY
14.393
- PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013-.
SUSTITUYENDO LOS ARTICULOS 1, 5, 11, 18 Y 22 DE LA
LEY
12.511
-PLAN DE OBRAS Y SERVICIOS DENOMINADO PLAN PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA-.
PRORROGANDO LOS ARTICULOS 3, 4 Y 5 DE LA LEY
15.174
-EMERGENCIA SANITARIA, RATIFICACION DE DECRETOS-.
PRORROGANDO A PARTIR DE SU VENCIMIENTO Y POR EL TERMINO DE DOS AÑOS LAS EMERGENCIAS EN MATERIA DE SEGURIDAD PUBLICA, POLITICA Y SALUD PENITENCIARIA, INFRAESTRUCTURA, HABITAT, VIVIENDA Y SERVCIOS PUBLICOS, ADMINISTRATIVA Y TECNOLOGICA Y SOCIAL, ECONOMICA, PRODUCTIVA, Y ENERGETICA DECLARADAS POR LEYES
14.806
,
14.812
,
14.815
Y
15.165
, PRORROGADAS MEDIANTE DECRETO 1176/2020.
RATIFICA DECRETO 290/2021.
Detalle de la Ley
Leyes
Carátula
Detalle
Decreto 1062/2013
REGLAMENTANDO LA LEY 14.449.
Detalle de la Ley
Decreto 245/2022
APROBANDO LA ESTRUCTURA ORGANICO-FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO URBANO.
MODIFICA EL ARTICULO 7 DEL DECRETO REGLAMENTARIO 1062/2013.
Detalle de la Ley
Leyes
Carátula
Detalle
Ley 14813
SUSPENDIENDO POR 360 DIAS, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 70 DE LA LEY 14.449, TODAS LAS MEDIDAS JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS QUE PESAN SOBRE EL INMUEBLE QUE CONFORMA EL ASENTAMIENTO PRECARIO DENOMINADO "BARRIO VILLA MONTORO 3", UBICADO EN LA LOCALIDAD DE VILLA ALBA, PARTIDO DE LA PLATA.
Detalle de la Ley
Texto Promulgado
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Texto sistematizado:
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Fundamentos:
En la etapa que se está viviendo en la Argentina, con un constante crecimiento, con el comercio de exportación de alimentos, hace imprescindible un acompañamiento de las mejoras de los servicios de comercialización, una mejora en toda la logística necesaria que permita llevar los productos a los mercados de destino.
Esto lleva consigo mejoras de caminos, vías y puertos. En lo que respecta a puertos hoy debemos hablar de puertos de aguas profundas y el Puerto de Bahía Blanca es el único puerto de aguas profundas unido a la grande y extensa zona agrícola industrial unida por las rutas nacionales, provinciales y la red ferroviaria.
El Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, es el ente que tiene por mandato administrar los espacios terrestres transferidos por la Nación, los espacios acuáticos que comprenden desde Punta Pehuencó hasta Punta Laberinto hasta la isobata 10. Luego de ese primer ámbito se fueron adicionando espacios terrestres que disponía la Provincia y nuevos sectores que eran imprescindibles para el crecimiento a fin de dar respuestas al país.
Este crecimiento conlleva una necesidad de continuar con la expansión territorial a fin de disponer mayores espacios sobre el canal principal del estuario de la Bahía Blanca tanto hacia el interior como hacia el exterior del estuario. Así también disponer terrenos aledaños para poder efectuar los desarrollos de unidades operativas portuarias.
Todos estos espacios de crecimiento deben ser dotados de accesos tanto viales como ferroviarios, sobre todo este último medio citado ya que las dimensiones de nuestro país así lo requieren.
Más precisamente hoy tenemos un proyecto de exportación de minerales en grandes volúmenes que necesitan de este medio ferroviario.
Si bien, la Ley 13.701 había establecido la expropiación de casi la totalidad de los inmuebles consignados en la presente ley, se presentan ciertas circunstancias que hacen necesario insistir -mediante la sanción de una nueva ley- con la expropiación los inmuebles señalados en el artículo 1 de la presente ley.
En este orden, se pueden señalar como fundamentos para insistir con la expropiación, los siguientes:
a) El plazo de vigencia previsto en la Ley 13.701 está próximo a vencer
b) A la fecha no se llegó a cumplir totalmente con el objeto de la expropiación.
c) La planificación de la ciudad de Bahía Blanca prevé una zona logística en el sector a expropiar.
d) Actualmente existe un proyecto de exportación de minerales en grandes volúmenes que necesitan de un medio ferroviario.
e) Finalmente y no por ello menos importante, las superficies indicadas oportunamente en la Ley 13.701 resultaron en parte insuficientes para cumplir con el objeto de la expropiación y en parte se reubicaron los espacios a fin de armonizar con el desarrollo de la planificación urbana de la ciudad de Bahía Blanca.
Por lo cual, resulta necesario insistir con la expropiación de algunos inmuebles citados en la Ley 13.701 y el agregado de otros nuevos inmuebles a través de la sanción de una nueva ley.
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos se solicita a los señores legisladores que voten favorablemente el presente proyecto de ley.