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Ley
Número:
13512
Datos principales
Relaciones
Documentación
Expediente:
A 12 2006-2007
Carátula:
DISPONIENDO AFECTACION DE INGRESOS DE LA COPARTICIPACION MUNICIPAL CON DESTINO A INFRAESTRUCTURA DE DELEGACIONES DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS Y DE LA DIRECCION DE IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL.
DEROGA ARTICULOS 2, 3 Y 5 DE LA LEY
11.848
-CREACION DE LA OFICINA MOVIL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS, DE CUENTA ESPECIAL FONDO PROVINCIAL PARA EL REGISTRO DE LAS PERSONAS Y DE REGISTRO DE INFRACTORES DE TRANSITO-, EL ARTICULO 13 DE LA LEY
3.201
-PUBLICACION DEL BOLETIN OFICIAL-
DEROGA LA LEY
4.647
-FONDOS PARA EL BOLETIN OFICIAL-.
Sanción:
Fecha: 12/07/2006
Promulgación:
Fecha: 10/08/2006
Firmado:
Gobernador/a
SOLA FELIPE
Publicación:
Fecha: 23/08/2006
Modificada por
Reglamentada por
Complementada por
Leyes
Carátula
Detalle
Ley 15394
ESTABLECIENDO EL PRESUPUESTO GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO FINANCIERO 2023.
Detalle de la Ley
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Texto Promulgado
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Texto sistematizado:
Texto sistematizado.pdf
Fundamentos:
HONORABLE LEGISLATURA:Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se afectarán ingresos de las tasas administrativas por servicios pertenecientes a la Dirección Provincial del Registro de las Personas, delegaciones de jurisdicción municipal y Dirección de Impresiones del Estado y Boletín Oficial, para atender gastos de infraestructura, equipamiento y servicios de dichos organismos.En cuanto al artículo 5 del proyecto de ley que se presenta, encuentra su razón de ser en la necesidad de hacer frente a erogaciones provenientes del mantenimiento y conservación de la Isla Martín García, atento que la misma reviste el carácter de “Sitio Histórico” y de “Reserva Natural de Usos Múltiples”, y siendo el Ministerio de Gobierno de la Provincia, el organismo encargado de su administración, dirección y desarrollo en forma integral de la isla citada, los fondos allí descriptos atenderán a dichas erogaciones.
Que por otra parte las derogaciones que se propician evitan la superposición de cuentas y fondos afectados sobre los mismos ingresos anuales en concepto de tasas administrativas.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.