Fundamentos:
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se
adjunta para su sanción, mediante el cual se propician las medidas impositivas para el
año 2023.
La situación económica provincial y nacional discurrió a lo largo del año 2022 en
un sendero de recuperación, luego de la doble crisis constituida por la recesión del
bienio 2018-2019, la crisis desatada por la pandemia por Covid-19 y a pesar de las
tensiones políticas y económicas en el plano internacional transcurridas el presente año.
Sorteando estas dificultades, la recuperación económica a nivel nacional tiene
su alcance en el ámbito provincial. El ciclo de crecimiento económico iniciado a partir
del cuarto trimestre de 2020 se consolidó a lo largo del 2022, sumando (a agosto de
2022) 18 meses consecutivos de crecimiento en la actividad económica, medida en
términos interanuales. Como resultado de esto, el PBG alcanzó un nivel promedio en el
primer semestre de 2022 récord desde 2019. La economía provincial a agosto de 2022
evidenció, según el Estimador Mensual de Actividad Económica de la PBA (EMA-PBA),
un nivel un 9,7% mayor al de diciembre de 2019 (en términos desestacionalizados).
Este crecimiento económico impactó favorablemente en la recuperación de la
recaudación tributaria de origen provincial, la cual viene registrando un crecimiento en
términos reales, que a septiembre acumuló un incremento de 6,1% i.a. Esta
performance estuvo acompañada además por altos niveles de cobrabilidad, que han
permitido solventar, junto a los otros recursos de origen nacional, políticas de beneficio
de las y los bonaerenses, garantizando mayor inclusión social e importantes niveles de
inversión en infraestructura y en políticas productivas.
En este marco, y en conjunto con el proyecto de Ley de Presupuesto 2023, la
presente iniciativa consolida el esquema tributario que se viene desarrollando,
acompañando a las pequeñas y medianas empresas y aportando una mayor
progresividad a los impuestos patrimoniales.
En este sentido, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos se propone adecuar los
montos en facturación con un aumento de 95% para poder acceder a las alícuotas
reducidas como una forma de acompañar al crecimiento de pequeñas y medianas
empresas bonaerenses.
Con estas nuevas escalas de facturación se mantiene la progresividad
alcanzada en el universo de la PyMES.
Con el objetivo de alcanzar una economía con mayor grado de formalidad,
acompañando desde el Estado las y los pequeños contribuyentes, se mantiene el
incentivo que brinda la exención por 12 meses para aquellos/as nuevos/as
monotributistas del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.
Con la convicción de que es necesario seguir dotando de progresividad a la
estructura impositiva provincial, en el caso del Impuesto Inmobiliario y Urbano Edificado,
se actualiza la base imponible en línea con los indicadores macroeconómicos y se
establecen topes de crecimiento del gravamen respecto al año anterior, las cuales son
ascendentes a mayor patrimonio.
Con relación al Impuesto Inmobiliario Baldío, se actualiza la base imponible en
la misma magnitud que en el Edificado, presentando una baja real en la carga tributaria.
En el Impuesto Inmobiliario Rural, se mantiene la misma lógica que en el
Edificado, desarrollando topes progresivos de crecimiento del gravemen y aumento de
la base imponible.
En lo concerniente al Impuesto a los Automotores y/o Embarcaciones
Deportivas, dado que los mismos se actualizan en base a los valores de mercado, se
readecúan las tablas de valuación y alícuotas con el objetivo de producir un descenso
en la alícuota media del parque automotor. Dada la nominalidad del sector y para
corregir posibles incrementos que alteren el objetivo general, se coloca un tope de
crecimiento del gravamen de 40%, garantizando una reducción real en la carga tributaria
del gravamen.
Con respecto al Impuesto de Sellos, se plasman las mismas alícuotas que en
años anteriores.
En caso del Impuesto de Transmisión Gratuita de Bienes, se propone mantener
el grado de tributación legal vigente, actualizando las tablas en la misma magnitud que
se actualizaron las bases imponibles.
Vinculado a las Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales, se
incrementan en función de la actualización de costos general que ha tenido la economía
en su conjunto.
El proyecto de ley que se acompaña propone continuar profundizando el sendero
hacia una estructura con mayor progresividad tributaria y lograr el financiamiento para
desarrollar los ejes prioritarios de gestión señalados en el proyecto de Ley de
Presupuesto, en pos de una provincia de Buenos Aires desarrollada e integrada social,
económica y productivamente.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que solicito a ese Honorable Cuerpo
la pronta sanción del proyecto adjunto.
Saludo a Vuestra Honorabilidad con mi mayor consideración.