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Número:
10918
Datos principales
Relaciones
Documentación
Expediente:
E 32 1990-1991
Carátula:
MODIFICANDO LA LEY
10.897
-IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA DEL IMPUESTO INMOBILIARIO Y DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS-. MODIFICA LOS ARTICULOS 1, 2 Y 3; DEROGANDO EL ARTICULO 12.
Sanción:
Fecha: 21/06/1990
Promulgación:
Fecha: 22/06/1990
Firmado:
Gobernador/a
Cafiero Antonio
Publicación:
Fecha: 22/06/1990
Boletín oficial 1
Observaciones: B.O. N° 21.745.
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Texto Promulgado
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Fundamentos:
El presente proyecto de ley está dirigido a modificar ciertas y determinadas normas previstas en la ley N° 10.897, por la que se establecieron impuestos adicionales de emergencia, aplicables a contribuyentes del impuesto inmobiliario e ingresos brutos, que por sus características representadas a los responsables tributarios con mayor capacidad económica.
Del contexto general de la citada ley, surge claramente que el espíritu y objetivo perseguido no fue otro que el de atender la emergencia económica y financiera por la que atraviesa la provincia de Buenos Aires, recurriendo a una actitud solidaria de los sectores de la población con mayores posibilidades de contribuir a la atención de los servicios y necesidades de los habitantes con mayor carencia relativa.
Sin perjuicios de ello, es posible advertir que en la instrumentación e implementación de las previsiones contendidas en la ley, al alcance y difusión de la base tributaria contemplada, fue mayor a la deseada, razón por la cual se pone a consideración del H. Senado, el presente proyecto de ley, en el que se persigue reducir el numero de contribuyentes alcanzados por los gravámenes aplicados y de tal forma hacer mas equitativa la distribución de la carga tributaria.
Paralelamente se prorrogan los vencimientos, a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de ambos gravámenes.