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Número:
11057
Datos principales
Relaciones
Documentación
Expediente:
D 1452 1990-1991
Carátula:
SUSTITUYENDO ARTICULOS 8 Y 9 DE LA
LEY
10.897
-IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA DEL IMPUESTO INMOBILIARIO Y DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS-.
Sanción:
Fecha: 27/02/1991
Debates 1
Debates 2
Promulgación:
Fecha: 14/03/1991
Firmado:
Gobernador/a
Cafiero Antonio
Publicación:
Fecha: 03/04/1991
Boletín oficial 1
Observaciones: B.O. N° 21.918.
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Texto Promulgado
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Fundamentos:
La difícil situación económica financiera que se encuentra atravesado el agro y que tiene sus causas principalmente en la baja de los precios internacionales de los productos primarios, como así también debido a las paridades cambiarias que no favorecen competitivamente la exportación de aquellos, especialmente en lo que hace a materias primas y alimentos, determinan la presentación de este proyecto.
Es de público conocimiento que tal estado de cosas ha ido paulatinamente deteriorando su posibilidad de cumplimiento de las respectivas obligaciones fiscales en desmedro del erario público provincial.
Con el presente proyecto de ley, se pretende facilitar el acogimiento de los productores agropecuarios al régimen de presentación espontánea y moratoria impositiva, tratando que a la par que se permita la regularización impositiva por parte de estos contribuyentes. Posibilite a la Provincia mejorar la recaudación de los gravámenes adeudados redundando ello en una optimización de los ingresos provinciales mediante una adecuada y positiva percepción.
Es por las razones esgrimidas que esperamos contar con el voto afirmativo de los señores diputados para la aprobación del presente proyecto de ley.