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Número:
12101
Datos principales
Relaciones
Documentación
Expediente:
A 22 1995-1996
Carátula:
DECLARANDO RESERVA NATURAL PROVINCIAL DE USOS MULTIPLES -BAHIA BLANCA, BAHIA FALSA Y BAHIA VERDE- A LAS ISLAS, BANCOS Y AGUAS FRENTE A PUNTA LABERINTO.
DEROGA LA
LEY 11.704
Sanción:
Fecha: 07/04/1998
Promulgación:
Fecha: 12/05/1998
Firmado:
Gobernador/a
Duhalde Eduardo
Publicación:
Fecha: 21/05/1998
Boletín oficial 1
Boletín oficial 2
Observaciones: B.O. N° 23.597. B.O. N° 23.599. FE DE ERRATAS
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Carátula
Detalle
Decreto 449/1999
OTORGANDO AL MUNICIPIO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES LA TENENCIA Y ADMINISTRACION DE LAS ISLAS EMBUDO, BERMEJO Y TRINIDAD, DEBIENDO PRESERVAR LA ESENCIA Y CARACTERES DOMINANTES DE RESERVA NATURAL.
Detalle de la Ley
Texto Promulgado
Documento.pdf
Texto sistematizado:
Fundamentos:
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley mediante el cual se declara Reserva Natural Provincial de Usos Múltiples "Estuario Bahía Blanca" a las islas, bancos y aguas comprendidas entre los límites que designa su artículo 1, aclarándose que toda el área forma parte del partido de Villarino; disponiéndose a su vez la aplicación de las normas previstas en la Ley 10.907 y derogándose su similar 11.074.
Diversas cuestiones de orden técnico contenidas en la Ley 11.074 cuya dilucidación se imponía resolver en forma previa al inicio de la tarea reglamentaria de la misma, merecieron serias observaciones por parte de distintos Organismos de este Poder Ejecutivo que dejaron sentado la inconveniencia de desvirtuar, mediante una legislación especial -en el caso de la Ley 11.074-, el régimen general establecido en la Ley 10.907 para el manejo y la administración de las Reservas Naturales.
De este modo, la reserva provincial que se declara ha de quedar comprendida en el marco regulatorio de la normativa general.
Bajo otro aspecto y considerando la disposición que se deroga es dable señalar que, en orden a la representatividad de la reserva como tal, se han incorporado no sólo lo que corresponde a tierra firme, sino bancos de arena (depósitos), aguas circundantes y la flora y fauna que mantienen esa zona.
En atención a lo expuesto, se remite el adjunto proyecto para su tratamiento y sanción.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.