Inicio
Leyes y Proyectos
Resultado de Búsqueda
Ley
Ley
Número:
15187
Datos principales
Relaciones
Documentación
Expediente:
D 1486 2020-2021
Carátula:
ADHIRIENDO A LA LEY NACIONAL 27.548 -PROGRAMA DE PROTECCION AL PERSONAL DE SALUD ANTE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19 (LEY SILVIO)-.
LA PRESENTE LEY SE ENCONTRARA VIGENTE MIENTRAS DURE LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA EN LA PROVINCIA POR DECRETO 132/2020, RATIFICADO POR LEY 15.174.
Sanción:
Fecha: 10/09/2020
Debates 1
Debates 2
Promulgación:
Fecha: 07/10/2020
Firmado:
Gobernador/a
KICILLOF AXEL
PROMULGACION TACITA
Publicación:
Fecha: 07/10/2020
Boletín oficial 1
Observaciones: B. O. N° 28.869
Modificada por
Reglamentada por
Complementada por
No encontramos resultados
No encontramos resultados
No encontramos resultados
Texto Promulgado
Documento.pdf
Texto sistematizado:
Fundamentos:
El presente proyecto tiene por fundamento adherir a la Ley Nacional N° 27.548, sancionada recientemente por nuestro Congreso de la Nación en sesión de senadores del día 21 de mayo del corriente, conocida como “Ley Silvio” en honor al enfermero Silvio Cufre que falleció a los 47 años por contraer Coronavirus, siendo el primer personal de la salud fallecido en ejercicio de su actividad en nuestro país.
La ley tiene por finalidad crear un Programa de Protección al Personal de la Salud en el marco de la emergencia sanitaria en occisión de la pandemia ocasionada por el Covid-19.
En su primer artículo de la ley declara como prioridad para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios esenciales en el marco de la pandemia.
Siendo su principal objetivo la prevención del contagio del Covid-19, tiene por alcance a todo el personal médico, de enfermería, de dirección y administración, logístico, de limpieza y demás, que presten servicios en establecimientos de la salud donde se desarrollen practicas destinadas a la atención de casos sospechosos, realización de muestras, test, atención y tratamientos para enfermos.
La ley establece una serie de parámetros, normas y principios sobre todo en bioseguridad para la confección de protocolos de actuación que sirvan como herramienta para el cuidado del personal de la salud que operen tanto en el ámbito público como el privado.
Para ello establece que sea la autoridad de aplicación designada por el Poder Ejecutivo será quien se encargue de establecer estos lineamientos los que deberán ser remitidos a los diferentes centros asistenciales. Entre los aspectos a destacar se establece la creación de un registro que indique la cantidad de personal médico infectado por Coronavirus la cual deberá ser actualizada en tiempo real, se establece la prioridad al personal de la salud a la hora de realizarse los testeos producto de casos sospechosos, la realización de capacitaciones permanentes y asesoramiento virtual para todos los establecimientos en un trabajo conjunto entre organismos provinciales y municipales teniendo la posibilidad de dar intervención a entidades de bien público para cooperen en dichos fines.
Esta ley aprobada por el Congreso de la Nación representa una gran utilidad para los establecimientos de la salud a través del lineamientos de pautas y cuidados no solo en la relación médico paciente sino también a la hora de establecer la manipulación de los insumos y equipamientos necesario para minimizar al máximo el riesgo de contagios.
Por todo lo expuesto solicito a los señores diputados que nos acompañen con su voto favorable en la presente iniciativa.