Antecedentes
La palabra DIGESTO tiene su raíz etimológica del latín "digestium", "digerere" y refiere a
ordenar,
distribuir. Es la colección de textos escogidos de los juristas romanos, de acuerdo a la
definición
que brinda la Real Academia Española.
En el año 530 d.c., el emperador bizantino Justiniano I ordena la realización de la
compilación y
codificación de toda la obra jurídica realizada por los jurisconsultos romanos. Como
producto de
esta decisión se crea el Primer Digesto Jurídico de la historia, Digesta sive Pandecta
iuris, obra
considerada como la recopilación jurídica más importante de la historia, permitiendo la
conservación
y análisis de la doctrina jurídica clásica hasta nuestros días, y sirviendo de nexo con la
doctrina
moderna a través de sus constantes citas y referencias.
EL CASO ARGENTINo
En el año 1998 se sancionó la ley nacional 24967 de Creación del Digesto Jurídico Argentino.
El mismo tuvo como finalidad la recopilación de toda la normativa nacional, la cual fue
analizada y
dividida en 26 materias o ejes temáticos.
Dicho trabajo tuvo dos etapas, por un lado la redacción de un Manual de Técnica Legislativa
como
elemento rector de toda la producción normativa y por otro, la revisión de todos los textos
normativos desde la Constitución del 53 con el objetivo de eliminar las derogaciones
expresas, las
normas contradictorias y aquellas cuyos objetos se encontraban cumplidos o caducos.
La ley nacional 26.939 aprobó el Digesto Jurídico Argentino en el año 2014, dicho Digesto
consolidó
la legislación nacional de carácter general vigente al 31 de marzo de 2013. El ordenamiento
legal, a
partir de este trabajo, redujo a 3353 las 22234 normas que habían sido sancionadas desde
1853 en
nuestro país. Este trabajo de ordenamiento jurídico se constituyó en el primer Digesto de
América
Latina y uno de los únicos en todo el mundo.
Así, muchas provincias argentinas imitando el proceso de normalización de leyes a nivel
nacional,
iniciaron distintos procesos de ordenamiento de sus sistemas normativos.
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Análisis por materias
El análisis de las leyes y decretos ley (normas dictadas durante los gobierno de facto en
distintos
períodos que comprenden los años 1955-58, 1962-63,1966-1973 y entre 1976-1983) implicó la
clasificación del universo normativo de la provincia en materias, en relación a la rama del
derecho
a la que pertenecen. En este sentido el plexo normativo se encuentra dividido en 18
materias, de las
cuales 9 fueron analizadas en su totalidad por el equipo técnico de la HONORABLE CÁMARA DE
SENADORES.
Dichas materias son:
Estado de Situación
A partir del año 2016 se da un nuevo impulso a la tarea en pos de la culminación del Digesto
Jurídico
a través de la Dirección de Sistematización Legislativa dependiente de la Secretaria
Legislativa de
la HCS.
En este sentido en base a lo que se había realizado en etapas previas, se avanzó en el
control del
cúmulo normativo existente y dividido en las 9 materias correspondientes a la HCS, con la
finalidad
de realizar un abordaje integral para cumplimentar el análisis dinámico del plexo
normativo.
La actividad descripta implicó el control de la totalidad del material documental asignado a
esta
Cámara, lo que llevó a la consideración del período desde la ley número 1 (del 27 de mayo
de 1854)
hasta la última norma sancionada, ley número 15133 (al 18 de enero de 2019). Culminando con
el 100%
del análisis de las normas asignadas a esta Cámara.
El análisis dinámico - legislativo de las leyes y decretos ley comprendió la determinación
del estado
de situación de las normas, dado que del mismo estudio surgieron redundancias normativas,
disposiciones en desuso, otras que fueron contradichas por leyes posteriores, operaron
caducidades
por cumplimiento del objeto de la norma y/o plazos vencidos de las mismas.
En función de esta descripción, se logró discriminar el conjunto de normas vigentes de
aquellas que
no lo están, por derogación expresa, derogación tácita, caducidad ya sea por objeto
cumplido, por
plazo cumplido, por público y notorio desuso. El cumulo de estas normas no vigentes,
constituirán el
denominado DERECHO HISTORICO de la provincia de Buenos Aires una vez consolidado el Digesto
Jurídico
a través de la sanción de una ley que establecerá el plexo normativo que se encuentra
vigente y
aquel que integrará el Derecho Histórico antes mencionado.
EL ANÁLISIS DE LA H.C.S. EN NÚMEROS
Bajo esta metodología de trabajo y en base a las condiciones antes descriptas, sobre un
total de 7300
normas analizadas, podemos concluir que un tercio de las mismas se encuentra vigente, 1200
se
encuentran derogadas expresa o tácitamente y el resto son caducas, dado que han cumplido su
objeto u
operado su plazo.